Modificación de las normas de ejecución y funcionamiento: 23/05/07
Primero: Modificación del Párrafo segundo del ARTÍCULO 5º: Carácter Anual de los Créditos
“No obstante lo anterior, y previa autorización del Vicerrector de Asuntos Económicos, Empleo y Relación con la Empresa, podrán aplicarse a los créditos del presupuesto vigente, los compromisos u obligaciones de gasto de ejercicios cerrados, que hubieran sido debidamente adquiridos.”
Segundo: Modificación del Párrafo segundo del ARTÍCULO 9º: Ampliaciones de Crédito
En general, se consideran ampliables hasta una suma igual a las obligaciones que es preceptivo reconocer, con el cumplimiento previo de las normas legales, y en todo caso, financiando oportunamente el incremento del gasto, los créditos que se detallan a continuación:
- Los destinados al pago de retribuciones de personal, cuando precisen ser incrementados como consecuencia de elevaciones que vengan imputadas por la legislación vigente de carácter general, convenios laborales de obligado cumplimiento, o sentencia judicial firme.
- Los créditos presupuestados en la partida presupuestaria 0000/1220/31000 “Intereses de préstamos y anticipos”.- Esta partida se ampliará con cargo a los incrementos que se produzcan en el subconcepto de ingresos 45020 “Subvención de la Generalitat Valenciana por compensación por gastos financieros de préstamos”.
- Los créditos presupuestados en la partida presupuestaria 0000/1220/91000: “Amortización del Capital de Préstamos”.- Esta partida se ampliará con cargo a los incrementos que se produzcan en el subconcepto de ingresos 75020 “Subvención de la Generalitat Valenciana por compensación de préstamos”.
Tercero: Modificación del Punto A del Anexo I “Importe Dietas, Km., Asistencia a Tribunales” del Título II: “Indemnizaciones por Razón del Servicio y Asistencias y Servicios Específicos”:
GRUPO PRIMERO:
- Rector
- Presidente y Miembros del Consejo Social
- Gerente
- Secretario General
- Vicerectores
- Decanos
- Directores de centros
- Defensor Universitario
- Vicerrector Adjunto
- Delegado del Rector
GRUPO SEGUNDO:
- Personal docente e investigador
- Personal investigador
- Personal de administración y servicios
- Personal con cargo a actividades autofinanciadas, Becarios y Estudiantes en Prácticas
Cuarto: Modificación del Punto B del Anexo VI “Criterios a aplicar en los procedimientos de Cierre presupuestario”.
B) Por el artículo 5 de las Normas de Ejecución y Funcionamiento del Presupuesto, el procedimiento especial de regularización se iniciará mediante solicitud normalizada de autorización de imputación de gastos contraídos durante el ejercicio anterior al Sr. Gerente quien, a su vez, la elevará al Sr. Vicerrector de Asuntos Económicos, Empleo y Relación con la Empresa. Este procedimiento tendrá fecha límite de entrada en Gerencia el 30 de MARZO del ejercicio entrante.